Condiciones generales de arrendamiento de KRUU

1. General

1.1 Las siguientes condiciones generales de arrendamiento de KRUU GmbH, con domicilio en Bergrat-Bilfinger-Str. 5, 74177 Bad Friedrichshall, Alemania (en adelante, el Arrendador) serán de aplicación al arrendamiento del objeto arrendado, según este se define en el apartado 1.5 siguiente.

1.2 Serán de aplicación únicamente las siguientes condiciones generales de arrendamiento. No serán válidas las condiciones de arrendamiento del Arrendatario que contradigan o difieran de las presentes condiciones, salvo consentimiento expreso del Arrendador por escrito o en forma de texto, o salvo pacto en contrario de las partes.

1.3 Las presentes condiciones generales de arrendamiento también serán de aplicación a futuros arrendamientos entre las partes contratantes, para el supuesto en el que ambas sean empresarios. Se indica que, a petición del Arrendatario, le serán enviadas las condiciones generales de arrendamiento que se encuentren en vigor.

1.4 El Arrendatario tendrá la consideración de consumidor siempre que el objeto del arrendamiento y de los servicios solicitados al Arrendador no pueda atribuirse, de manera preponderante, a su actividad empresarial o profesional. Por el contrario, tendrá la consideración de empresario cualquier persona física o jurídica, o sociedad con capacidad jurídica que, al formalizar el contrato, ejerza su actividad empresarial o profesional.

1.5 El Arrendador arrienda el siguiente objeto: el fotomatón (fotomatón móvil) que se muestra en el sitio web del Arrendador, consistente en una cámara réflex, una pantalla táctil, una luz de estudio y una impresora de fotografías. Puede encontrarse una descripción más detallada del objeto del arrendamiento en el sitio web del arrendador: kruu.com.

1.6 El Arrendador proporciona al Arrendatario un portal de cliente, dentro del cual este último tiene la oportunidad de especificar la dirección de entrega, consultar la fecha de entrega y recogida, definir el diseño de las impresiones, ver la galería de imágenes que estará disponible unos días después de la devolución del objeto arrendado, ampliar los servicios complementarios asociados al objeto arrendado (con los gastos que ello comporte, en su caso) y ver la factura.

2. Comprobación de disponibilidad y formalización del contrato

2.1 El objeto del arrendamiento descrito en el sitio web del Arrendador no constituye una oferta vinculante por parte de este, sino que tiene la finalidad de presentar una oferta vinculante para la formalización de un contrato de arrendamiento por parte del Arrendatario.

2.2 El Arrendatario deberá consultar la disponibilidad del objeto de arrendamiento para la fecha deseada mediante el envío de una solicitud (formulario online) al Arrendador. El Arrendador informará al Arrendatario sobre la disponibilidad mediante correo electrónico.

2.3 Si el objeto del arrendamiento está disponible para la fecha deseada y, tras la confirmación por parte del Arrendador, aquel quedará reservado para el Arrendatario durante un período de tres horas a partir de la confirmación. En ese momento, el Arrendatario tendrá la oportunidad de, dentro del referido plazo, presentar una oferta vinculante para formalizar el contrato de arrendamiento indicando el objeto y la fecha deseados. Transcurrido el plazo, expira la reserva.

2.4 El Arrendatario podrá realizar una oferta vinculante para formalizar el contrato de arrendamiento a través del botón “Solicitar ahora con pago”, disponible dentro del proceso de pedido del sitio web del Arrendador.

El Arrendatario accederá al proceso de pedido, bien a través de un hipervínculo contenido en el correo electrónico desde el cual el Arrendador ha confirmado la reserva, o bien tras clicar en el botón "Continuar"; en el sitio web del Arrendador, una vez verificada la disponibilidad en el sitio web.

En el marco del proceso de pedido, el Arrendatario podrá verificar sus datos en cualquier momento y, si es necesario, realizar cambios utilizando las funciones habituales del teclado y el ratón. Antes de clicar en el botón “Solicitar ahora con pago”, el Arrendatario tendrá la opción de comprobar si existen errores en la información indicada, corregir y/o eliminar, en su caso, y cancelar completamente el pedido.

Sólo tras clicar en el botón “Solicitar ahora con pago”, el Arrendatario concluye el proceso de pedido y le ofrece al Arrendador la posibilidad de concluir un contrato de arrendamiento sobre el objeto arrendado.

2.5 El Arrendador podrá aceptar la oferta del Arrendatario,

  • mediante envío al Arrendatario de una confirmación del pedido en forma de texto (fax o correo electrónico) dentro de los 7 días posteriores a la recepción de la oferta, en cuyo caso será esencial el acceso a la confirmación del pedido por parte del Arrendatario;
  • al poner a disposición el objeto del arrendamiento al Arrendatario, en cuyo caso será esencial la recepción del objeto alquilado por parte del arrendatario;
  • solicitando al Arrendatario que proceda al pago tras haber presentado su oferta para formalizar un contrato de arrendamiento.

Si el Arrendador no acepta la oferta del Arrendatario dentro del plazo de 7 días, se entenderá que la oferta ha sido rechazada y el Arrendatario no quedará obligado por su declaración de intenciones. El contrato de arrendamiento sólo se formaliza tras la aceptación por parte del Arrendador.

2.6 El procesamiento y contacto de los pedidos se realiza generalmente por correo electrónico mediante un sistema de procesamiento automático de pedidos. El Arrendatario deberá asegurarse de que la dirección de correo electrónico que ha proporcionado para el procesamiento deL sea correcta, de modo que los correos electrónicos enviados por el Arrendador puedan recibirse en esa dirección. En particular, cuando se empleen filtros de correo no deseado, el Arrendatario deberá asegurarse de que todos los correos electrónicos enviados por el Arrendador, o por terceros encargados del procesamiento del pedido, puedan ser entregados.

2.7 El Arrendatario tiene a su disposición el derecho de desistimiento. Accediento al sitio web del Arrendador, el Arrendatario puede consultar y acceder al documento de información al consumidor sobre el desestimiento, y al formulario de desistimiento, mediante el siguiente enlace: Documento de información al consumidor sobre el desistimiento

2a. Cambio de servicios tras la celebración del contrato

2a.1 Tras la celebración del contrato de acuerdo con la cláusula 2, el arrendatario podrá solicitar en cualquier momento al arrendador servicios adicionales u ofertas especiales adicionales (en adelante: mejora). La cláusula 2 se aplicará mutatis mutandis a la celebración del contrato para dichas actualizaciones.

2a.2 Si el arrendatario desea anular parte de su servicio reservado tras la celebración del contrato de acuerdo con la cláusula 2 (en adelante: downgrade), esto sólo será posible con el consentimiento del arrendador. La concesión de dicho consentimiento quedará a la entera discreción del Arrendador. El Arrendatario no tendrá derecho a un Downgrade. El apartado 11 se aplicará a las cancelaciones de todo el contrato.

3. Inicio y finalización del periodo de arrendamiento. Uso dentro del periodo de arrendamiento

3.1 El periodo de arrendamiento se inicia en el momento de la puesta a disposición del objeto arrendado al Arrendatario. El periodo de arrendamiento finaliza, sin necesidad de notificación previa, con la entrega del objeto al transportista (encargado por el Arrendador) por parte del Arrendatario, que tendrá lugar en el día hábil siguiente a la fecha que el Arrendatario haya indicado de antemano al Arrendador (fecha fijada y reservada).

3.2 El Arrendatario tiene el derecho exclusivo de usar el objeto arrendado en la fecha que le haya indicado de antemano al Arrendador (fecha fijada y reservada).

3.3 Si no se determina un periodo de arrendamiento, cada parte contratante podrá resolver la relación arrendaticia de conformidad con las disposiciones legales aplicables.

3.4 Cada parte contratante podrá resolver la relación arrendaticia sin necesidad de aviso previo siempre que concurra justa causa.

3.5 Cualquier resolución debe llevarse a cabo por escrito.

3.6 En caso de que el Arrendatario continúe utilizando el objeto de arrendamiento tras la expiración del periodo de arrendamiento acordado, no se considerará prorrogada la relación arrendaticia. No será de aplicación lo dispuesto en el art. 545 del Código Civil alemán.

4. Pago de la renta. Modalidades de pago. Ausencia de fianza

4.1 El Arrendatario estará obligado a pagar el importe de la renta durante todo el periodo de arrendamiento. El importe de la renta consta en el pedido del Arrendatario. Los importes de la renta indicados son precios totales que incluyen el impuesto sobre el volumen de ventas. Cualesquiera otros costes de entrega o de envío serán especificados aparte, en su caso. El Arrendatario deberá pagar la renta en un plazo máximo de siete días a contar desde la aceptación de la oferta por parte del Arrendador (apartado 2.5).

4.2 El medio de pago se comunicará al Arrendatario en el sitio web del Arrendador en el marco del proceso de pedido. El Arrendatario puede encontrar los distintos medios de pago, así como las instrucciones e información adicional en los apartados instrucciones de pago/modalidades de pago en el siguiente enlace del sitio web del Arrendador: Pago

4.3 Los ajustes y/o cambios realizados en el objeto de arrendamiento a petición del Arrendatario, se compensarán por separado, siempre que no sean necesarios para el mantenimiento o reparación de dicho objeto, o para garantizar el uso del mismo para la finalidad contractual estipulada. El Arrendatario tiene la posibilidad de pedir/reservar de manera online opciones adicionales, con el correspondiente cargo.

4.4 El Arrendatario no tiene la obligación de constituir ninguna fianza o garantía de arrendamiento.

5. Derechos y obligaciones del Arrendatario (entrega, costes, subarrendamiento y uso)

5.1 El Arrendatario deberá entrar en posesión material del objeto de arrendamiento en la dirección de entrega especificada por él (vid. también apartado 7.2 al respecto) y entregarlo el primer día hábil siguiente a la fecha que el Arrendatario haya indicado de antemano al Arrendador (finalización del periodo de arrendamiento).

Salvo pacto en contrario, la devolución tendrá lugar mediante la entrega, por parte del Arrendatario, del objeto arrendado al transportista encargado por el Arrendador, con la finalidad de que el objeto sea devuelto al Arrendador en una de las oficinas de entrega de paquetería del transportista, sin coste alguno para el Arrendatario. Sobre la base de la dirección de entrega proporcionada por el Arrendatario, el Arrendador le informará, con la debida antelación, sobre cuál de las distintas oficinas de entrega de paquetería del transportista ubicadas en sus inmediaciones podrá usar para entregar el objeto arrendado para su devolución. Esta notificación al Arrendatario se realizará por SMS, correo electrónico, o a través del portal del cliente del Arrendatario en el sitio web del Arrendador. El Arrendatario podrá elegir una de las oficinas de entrega de paquetería indicas u otra oficina distinta del transportista. El Arrendatario únicamente estará obligado a entregar el objeto arrendado al Arrendador con el transportista que haya elegido este último.

5.2 El Arrendatario no tiene derecho a recoger él mismo el objeto de arrendamiento del arrendador.

5.3 En caso de que el transportista encargado por el Arrendador no pueda entregar en la dirección indicada, el objeto arrendado al Arrendatario, o a un tercero encargado por este último para la recepción del mismo, y, por ende, la entrega devenga imposible y el objeto arrendado deba ser devuelto al Arrendador, el Arrendatario seguirá estando obligado al pago de la renta pactada. El coste de una nueva entrega correrá a cargo del Arrendatario.

Ello no será de aplicación si el Arrendatario ejerce su derecho de desistimiento de manera efectiva y/o si no es responsable de las circunstancias que determinan la imposibilidad de la prestación del servicio y/o si se le impidió temporalmente la aceptación del servicio ofrecido, salvo que el Arrendador haya comunicado al Arrendatario la ejecución de dicho servicio en un momento apropiado.

5.4 El objeto arrendado sólo podrá ser utilizado por el Arrendatario. El Arrendatario no podrá entregar el objeto arrendado a terceros para su uso (puesta en uso), salvo autorización previa del Arrendador por escrito o en forma de texto.

Mediante el presente documento, el Arrendador autoriza el uso del objeto arrendado, de conformidad con lo acordado, por parte de todos los asistentes de un eventual evento con motivo del cual el Arrendatario haya arrendado dicho objeto.

5.5 El Arrendador autoriza que, el Arrendatario que tenga la consideración de empresario, pueda subarrendar el objeto arrendado. En caso de subarrendamiento, el Arrendatario estará obligado, a su vez, a optar por el impuesto sobre el volumen de ventas, así como a imponer al Subarrendatario, en el correspondiente contrato de subarrendamiento, todas las obligaciones derivadas del apartado 5 de estas condiciones generales, de manera que el Arrendador igualmente podrá, en virtud de los pactos alcanzados entre el Arrendatario y el Subarrendatario, ostentar directamente contra este último sus derechos (contrato válido a favor de terceros). El Arrendatario se compromete de manera ilimitada frente al Arrendador con respecto al hecho de que el contrato de subarrendamiento contenga las referidas obligaciones.

En caso de incumplimiento culpable del contrato por parte del Subarrendatario, el Arrendador podrá revocar inmediatamente su consentimiento para el subarrendamiento y exigir al Arrendatario el cese inmediato del subarrendamiento. En caso de que, tras la solicitud del Arrendador, no se produzca dicho cese o el Arrendatario entregue indebidamente el objeto arrendado a un Subarrendatario u otro tercero, el Arrendador estará facultado a resolver el contrato de arrendamiento sin previo aviso. Mediante el presente documento, el Arrendatario apodera al Arrendador para poder rescindir el contrato de subarrendamiento en dicho supuesto. No se verán afectadas cualesquiera reclamaciones por daños y perjuicios que pudiera tener el Arrendador.

5.6 El Arrendatario se obliga a usar el objeto arrendado según lo pactado y a observar las instrucciones de uso, así como a tratarlo con la diligencia y el cuidado debidos. El Arrendatario protegerá el objeto arrendado de todos aquellos factores perjudiciales, incluidos los efectos meteorológicos, que puedan provocar daños en dicho objeto.

5.7 Dentro de unos límites razonables, el Arrendatario seguirá las instrucciones de mantenimiento, cuidado y uso del Arrendador.

5.8 Las marcas de identificación del objeto arrendado (en concreto, los signos, números o inscripciones) no se podrán eliminar, cambiar o hacer ilegibles.

5.9 En particular, el Arrendatario se obliga al siguiente uso debido del objeto arrendado:

  • El objeto arrendado sólo podrá utilizarse en espacios interiores, cabañas protegidas contra el viento y la intemperie, tiendas de campaña y similares, o en locales o refugios comparables a los anteriores. El Arrendatario está obligado a proteger el objeto arrendado contra el clima y las condiciones meteorológicas que puedan serle perjudiciales.
  • El objeto del arrendamiento no debe exponerse directamente a la luz solar. Ello es especialmente relevante porque por encima de 40°C el funcionamiento no está garantizado. En caso de que el Arrendatario incumpla esta obligación, existe el riesgo de que se produzcan daños al objeto arrendado y/o de que el mismo deje de funcionar.
  • El Arrendatario está obligado a mantener la temperatura del objeto de arrendamiento, especialmente de la impresora, entre los 10ºC, como mínimo, y los 40ºC, como máximo. Incluso a temperaturas demasiado bajas, existe el riesgo de que se produzcan daños al objeto arrendado y/o de que el mismo deje de funcionar.
  • El Arrendatario deberá asegurarse de que la humedad del entorno del objeto arrendado esté entre el 30 y el 80%. De lo contrario, existe el riesgo de que se produzcan daños al objeto arrendado y/o de que el mismo deje de funcionar.

5.10 El Arrendatario y/o cualesquiera terceros que usen el objeto del arrendamiento con el consentimiento del Arrendador deberán estar familiarizados con el manual del usuario adjunto al presente, así como con cualesquiera instrucciones adicionales del Arrendador relativas al uso de dicho objeto, que deberán ser aplicadas en consecuencia. El Arrendatario deberá asegurarse de que los referidos terceros sean informados en consecuencia.

5.11 Si, en el momento de la entrega del objeto arrendado al Arrendatario, aquel tuviera algún defecto que dejara sin efecto su idoneidad para servir al uso convenido en el contrato, o si tal defecto surgiera durante el periodo de arrendamiento, el Arrendatario estará obligado a notificarlo inmediatamente al Arrendatario.

5.12 En caso de que el Arrendatario determine que el objeto arrendado o los componentes individuales del mismo han dejado de funcionar o no responden correctamente, el Arrendatario deberá abstenerse inmediatamente de seguir utilizando el objeto de arrendamiento, quedando igualmente obligado a dejar el objeto arrendado fuera de servicio. En caso de duda, el Arrendatario deberá ponerse inmediatamente en contacto con el Arrendador y coordinarse con él u obtener sus instrucciones al respecto.

5.13 El Arrendatario deberá abstenerse de cambiar el objeto arrendado o los componentes individuales del mismo, así como de suspender cualesquiera funciones que sean relevantes para la seguridad. Cualquier modificación o incorporación al objeto arrendado por parte del Arrendatario requiere del consentimiento previo del Arrendador por escrito o en forma de texto. Ello es especialmente aplicable a cualquier incorporación o instalación, así como a la conexión del objeto arrendado con otros objetos. El Arrendatario deberá devolver al Arrendatario el objeto arrendado en su estado original.

5.14 El Arrendatario no tendrá la obligación de devolver los accesorios de papel fotográfico.

5.15 El Arrendatario no podrá desechar el material de embalaje original del objeto del arrendamiento. Ello es así por las características del material de embalaje.En particular, por sus propiedades para la absorción de impactos y la precisión de ajuste al objeto, que protegen al objeto de las vibraciones, por ejemplo, en caso de caídas durante el transporte.

Por lo tanto, para la entrega del objeto arrendado, el Arrendatario estará obligado a utilizar el material de embalaje proporcionado por el Arrendador, o un material de embalaje equivalente, así como a empaquetar el objeto de manera segura. En cualquier caso, el Arrendatario deberá asegurar el objeto del arrendamiento contra daños de transporte que puedan ser previsibles para él. En caso de duda, el Arrendatario deberá ponerse inmediatamente en contacto con el Arrendador y coordinarse con él u obtener sus instrucciones al respecto antes de proceder a la entrega.

6. Penalización por entrega tardía del objeto arrendado (retraso)

6.1 En caso de entrega tardía, el Arrendador tendrá la facultad de ejercitar sus correspondientes derechos legales.

6.2 Sin perjuicio de lo previsto en el apartado 6.1, en caso de retraso en la entrega, el Arrendador, tras haber remitido previamente una advertencia por escrito o en forma de texto (por ejemplo, mediante fax o correo electrónico), tendrá derecho a reclamar al Arrendatario una penalización por importe de 25 euros por cada día hábil de entrega tardía (de conformidad con el apartado 5.1), esto es, por cada día de retraso en dicha entrega. Dicha penalización corresponderá a los daños causados por el retraso del Arrendatario.

7. Derechos y obligaciones del Arrendador (puesta a disposición y envío)

7.1 El Arrendador se obliga a proporcionar al Arrendatario el objeto del arrendamiento durante el periodo de arrendamiento acordado, a cambio del pago del precio pactado. La puesta a disposición del objeto arrendado tendrá lugar durante el transcurso del transporte del mismo hasta la dirección de entrega proporcionada por el Arrendatario.

7.2 El Arrendador entregará el objeto en la dirección de entrega proporcionada por el Arrendatario como máximo en el día hábil anterior a la fecha que el Arrendatario haya indicado de antemano al Arrendador.

El Arrendador informará al Arrendatario de la fecha de entrega a través del portal del cliente o mediante correo electrónico con un enlace para hacer el seguimiento del envío.

7.3 Para un correcto montaje y desmontaje del objeto arrendado, el Arrendador proporciona al Arrendatario unas instrucciones detalladas. En el horario habitual de apertura y de oficina, según indicado en el sitio web del Arrendador, el Arrendador o uno de sus empleados estará disponible para cualquier cuestión que surja en relación con el montaje y desmontaje del objeto arrendado. A tal efecto, así como para responder a cualquier cuestión técnica que pueda surgir tras la formalización del contrato, el Arrendatario recibe un número de teléfono de atención al cliente.

7.4 El Arrendador asume los gastos de envío, salvo que concurra el supuesto previsto en el apartado 5.3.

8. Compensación y retención

8.1 Ante una reclamación por rentas pendientes, el Arrendatario podrá, con base en los arts. 536 (a) y 539 del Código Civil alemán, compensar cantidades, bien mediante una reclamación de indemnización por daños y perjuicios y de reembolso de los gastos derivados de los vicios en el objeto arrendado, bien reclamando la devolución de las rentas pagadas indebidamente. Alternativamente, el Arrendatario podrá ejercer su derecho de retención. Cualquiera de las anteriores opciones será posible siempre que el Arrendatario así lo haya indicado, mediante comunicación por escrito al Arrendador, como mínimo un mes antes de la fecha de pago de la renta. De conformidad con su derecho a reducir el precio, el Arrendatario podrá compensar las reclamaciones que tenga o ejercer su derecho de retención sin limitación alguna.

8.2 Asimismo, el Arrendatario sólo podrá optar a la compensación si sus reclamaciones no han sido impugnadas o si estas han sido declaradas judicialmente firmes. Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 8.1, el Arrendatario sólo podrá ejercer su derecho de retención para reclamaciones basadas en el contrato de arrendamiento.

8.3 No se verá afectado el derecho a negar la prestación, previsto en el art. 320 del Código Civil alemán.

9. Obligaciones específicas del Arrendatario en caso de siniestro, robo o pérdida

9.1 En caso de que ocurra un siniestro que involucre a terceros, en particular, en aquellos supuestos de lesiones personales o robo del objeto del arrendamiento, el Arrendatario deberá informar y llamar inmediatamente a la policía.

9.2 En caso de daño, robo u pérdida del objeto arrendado durante el período de arrendamiento, el Arrendatario estará obligado a informar al Arrendador por escrito o en forma de texto sobre cualquier detalle conocido de dicho evento.

9.3 El Arrendatario deberá tomar todas las medidas que sean razonables para él y que conduzcan al esclarecimiento del evento de pérdida, robo o cualquier otra pérdida, según corresponda.

9.4 En caso de pérdida, el Arrendatario estará obligado a garantizar que se tomen todas las medidas necesarias para reducir el daño y preservar las pruebas.

9.5 En caso de pérdida, el Arrendatario estará obligado a dar soporte al Arrendador y al asegurador, así como a proporcionar la información necesaria para aclarar la pérdida o para establecer el estado del daño.

10. Responsabilidad del Arrendador

10.1 Se excluye la responsabilidad objetiva del Arrendador por defectos materiales iniciales.

10.2 Se excluyen cualesquiera reclamaciones por daños y perjuicios por parte del Arrendatario. Ello no será de aplicación a las reclamaciones del Arrendatario relativas a daños a la vida, la integridad física o la salud, o por el incumplimiento de obligaciones contractuales principales (obligaciones esenciales). Tampoco quedará excluida la responsabilidad del Arrendador por otros daños derivados del incumplimiento doloso o gravemente negligente por parte del Arrendador o de cualquiera de sus representantes legales o agentes. Tendrán la consideración de obligaciones esenciales todas aquellas obligaciones cuyo cumplimiento sea necesario para la consecución de la finalidad del contrato.

10.3 En caso de incumplimiento de las obligaciones contractuales esenciales, el Arrendador únicamente será responsable por los daños previsibles por el tipo de contrato, cuando estos hayan sido causados por negligencia. Se exceptuarán de lo anterior las reclamaciones de indemnización de daños y perjuicios del Arrendatario que deriven de daños a la vida, la integridad física o la salud.

10.4 Las limitaciones de los apartados 10.1 y 10.2 serán igualmente aplicables a los representantes legales y los agentes del Arrendador, en caso de que las reclamaciones sean presentadas directamente contra cualquier de estos.

10.5 Las limitaciones de responsabilidad previstas en los apartados 10.1 y 10.2 no serán de aplicación en el supuesto de que el Arrendador haya ocultado de mala fe un defecto o haya asumido una garantía en relación con la naturaleza del objeto arrendado. Ello será igualmente de aplicación en caso de que el Arrendador y el Arrendatario hayan llegado a un acuerdo sobre la naturaleza del objeto arrendado.

11. Cancelación

11.1 En caso de que el arrendatario desee rescindir el contrato, se cobrarán las siguientes tasas de cancelación:

  • Cancelación hasta 28 días antes de la fecha reservada: 10 % del precio bruto del arrendamiento;
  • Cancelación entre 27 y 15 días antes de la fecha reservada: 50 % del precio bruto del arrendamiento;
  • Cancelación entre 27 y 15 días antes de la fecha reservada: 50 % del precio bruto del arrendamiento;

A partir de 6 días antes de la fecha reservada, el arrendatario no ostentará ningún derecho de cancelación.

11.2 El arrendatario podrá demostrar que no se ha ocasionado ningún daño o un daño menor y el arrendador, que se ha ocasionado un daño mayor.

11.3 Las normas estipuladas en los apartados 11.1 y 11.2 no tendrán validez en caso de que el arrendatario ejerza de forma efectiva su derecho de revocación.

11.4. En lugar de realizar una cancelación, el arrendador concede asimismo al arrendatario el derecho a aplazar la fecha reservada. En caso de que el arrendatario ejerza este derecho y cancele la nueva fecha reservada después de su aplazamiento, independientemente de si la nueva fecha ya se ha fijado o aún está por determinar, se cobrará una tasa de cancelación del 90 % del precio del arrendamiento, no obstante lo estipulado en el apartado 11.1.

11.5. Si el arrendatario realiza una cancelación, el arrendador le reembolsará exclusivamente en forma de vales el precio del arrendamiento, previa deducción de la tasa de cancelación.

12. Pluralidad Arrendatarios

12.1 En el supuesto de que haya una pluralidad de personas en posición de Arrendatario, serán todas responsables de manera solidaria de las obligaciones derivadas de la relación arrendaticia.

12.2 Las declaraciones, que afecten a los Arrendatarios deberán ser enviadas por y para todos los Arrendatarios. Sin embargo, los Arrendatarios se autorizan entre sí, hasta que se indique lo contrario, para aceptar o enviar tales declaraciones. Dicha autorización podrá ser revocada por escrito o en forma de texto. Este poder será igualmente válido para la aceptación de una resolución, pero no para comunicar dicha resolución ni para formalizar acuerdos de resolución. La revocación del poder tendrá efectos únicamente desde la recepción de la misma por parte del Arrendador.

13. Aviso de privacidad

La persona responsable en el sentido del Reglamento General de Protección de Datos, de las restantes leyes nacionales en materia de protección de datos de los Estados miembros y de otras disposiciones, es: KRUU GmbH, Bergrat-Bilfinger-Str. 5, 74177 Bad Friedrichshall, Alemania, teléfono: 911 22 39 02; correo electrónico: support-es@kruu.com; sitio web: kruu.com.

Puede accederse al aviso de privacidad de KRUU GmbH en el siguiente enlace: Protección de datos

14. Información sobre la resolución online de disputas

La Comisión Europea proporciona una plataforma para la resolución online de disputas (la llamada “Plataforma ODR“). La Plataforma ODR está diseñada para ser un punto de contacto para la resolución extrajudicial de disputas relacionadas con obligaciones contractuales derivadas de contratos de venta o de servicio online. Se puede acceder a la Plataforma ODR a través del siguiente enlace: http://ec.europa.eu/consumers/odr.

KRUU GmbH no participa en el procedimiento para la resolución alternativa de conflictos.

15. Disposiciones finales. Ley y jurisdicción aplicables

15.1 Cualquier modificación de este acuerdo deberá hacerse por escrito. La cancelación del requisito de forma escrita requiere asimismo la forma escrita. La preeminencia del acuerdo individual (incluso oral), prevista en el art. 305 (b) del Código Civil alemán, permanece inalterada.

15.2 En el supuesto de que el Arrendatario sea un comerciante, una persona jurídica de derecho público o un fondo especial de derecho público, la jurisdicción para todas las disputas que surjan de la relación arrendaticia corresponderá exclusivamente al tribunal competente del domicilio social del Arrendador, sito en 74177 Bad Friedrichshall.

15.3 Será de aplicación la ley de la República Federal de Alemania. No se verán afectadas las disposiciones legales que restringen la elección de la ley y la aplicabilidad de las disposiciones obligatorias, en concreto, las del estado en el que el Arrendatario tenga su residencia habitual como consumidor.

15.4 Se puede contactar con el Arrendador de lunes a viernes, de 9 de la mañana a 6 de la tarde, en el número de teléfono 911 22 39 02 o mediante correo electrónico a la siguiente dirección: support-es@kruu.com.

15.5 KRUU GmbH tiene su domicilio social en Bergrat-Bilfinger-Str. 5, 74177 Bad Friedrichshall, Alemania y está inscrita en el Tribunal de Distrito (llamado en alemán Amstgericht) de Stuttgart, con el número HRB 743715 del Registro Mercantil.